


Fundación Privada
La Fundación Privada permite proteger los patrimonios familiares y facilitar las sucesiones.Definición
Los artículos 80 y siguientes del Código Civil suizo precisan que:La fundación es una masa de bienes individualizada, afectada a una finalidad especial y dotada de personalidad jurídica. La masa de bienes puede estar compuesta por bienes muebles, inmuebles, títulos o créditos. Es independiente y no pertenece a ninguna persona en particular.
Constitución
Existen dos elementos fundamentales, sin los cuales la fundación sería nula de pleno derecho:
Acto de fundación ya sea notarial o testamentario
Inscripción en el Registro Mercantil, salvo para las fundaciones familiares y eclesiásticas
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