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El secreto bancario
¿Qué es el secreto bancario?
El secreto bancario es la obligación de discreción que atañe a los representantes y empleados de los establecimientos bancarios. Tal obligación recae sobre los asuntos económicos de los clientes o terceros que hubiesen podido conocer en el transcurso de su actividad profesional. Igualmente, toda persona relacionada con un banco está sujeta al secreto bancario. Éste cubre al cliente y no al establecimiento bancario. Por este motivo, únicamente el cliente podrá renunciar al mismo. Pese a que la expresión secreto bancario está muy extendida, lo correcto es hablar de obligación de discreción.
El marco jurídico del secreto bancario en Suiza
El secreto bancario se apoya en una base jurídica muy diversa:-El Derecho Civil. La obligación contractual entre el cliente y el banquero impone a éste guardar el secreto de la situación del primero. Este deber de discreción procede de la confianza acordada por el cliente al banquero.
-La legislación bancaria. (art. 47 de la Ley sobre Bancos y Cajas de Ahorro)
La legislación prevé que el incumplimiento de la obligación de discreción por parte del banquero sea sancionable con multa e incluso pena de prisión.
Por otra parte, existe una disposición similar en el ámbito bursátil para los intermediarios financieros.
Cuentas numeradas y cuentas anónimas
Se entiende como cuenta anónima aquélla en la que el banco desconoce la identidad del cliente. La legislación suiza impone, sin embargo, el deber de conocer la identidad del cliente. Así, no existen realmente cuentas anónimas en Suiza.
En la práctica, existen las denominadas cuentas numeradas. Se llaman cuentas numeradas aquéllas en las que el nombre del depositante es sustituido por un número. Esto concierne a cualquier tipo de cuenta bancaria (cuenta corriente, cuenta de ahorro, depósitos, cuenta de valores).
En este caso, el banco suizo conoce la identidad del titular de la cuenta. Sin embargo, sólo un reducido número de personal del banco tendrá acceso a las información personal del cliente. Las operaciones se efectúan bajo este número y el resto de los empleados no conocerá nunca la identidad del cliente.
Límites al secreto bancario
La decisión de violar el secreto bancario pertenece al cliente puesto que es el beneficiario de tal secreto. El banquero no puede tomar esta decisión.
El secreto bancario no es absoluto. El derecho penal y civil prevé una serie de derogaciones. Puede ser violado bajo orden de una autoridad judicial (procedimiento por blanqueo de dinero) o en caso de fraude fiscal.
¿Cuáles son las consecuencias para el secreto bancario de la directiva de 3 de junio de 2003 del Consejo en materia de fiscalidad de las rentas del ahorro de los no residentes (bajo forma de pago de intereses)?
El 1 de julio de 2005, entró en vigor el procedimiento de intercambio de información en el marco de esta directiva: Suiza forma parte del sistema debido a la existencia de un tratado bilateral. El secreto bancario se conserva gracias al anonimato completo del sistema.
¿Cómo es posible?
Contrariamente a la obligación de declaración exigida a veces por la UE para terceros países, la UE permite conservar la esfera privada financiera de los clientes que tienen cuentas en Suiza.
El intercambio de información espontánea no constituye una amenaza para el secreto bancario. Es en efecto el cliente quien decide si desea hacer uso o no de esta protección: La posibilidad de renunciar al secreto bancario está conforme con la legislación en vigor en Suiza.
La solicitud de intercambio de información en caso de fraude fiscal y otras actividades similares no pone en entredicho el secreto bancario. Todo ello está de acuerdo con la jurisprudencia habitual del Tribunal Federal así como con los tratados de doble imposición suscritos estos últimos años con determinados países. La sustracción fiscal relativa a la legislación suiza no entra en el marco de este acuerdo.
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